PADRONES DIGITALIZADOS
El padrón municipal de habitantes es un documento muy habitual y característico en los
archivos municipales españoles. Constituye, sin lugar a dudas, una fuente de información
muy reclamada tanto por los ciudadanos en general como por los investigadores
especializados en las ciencias humanas y sociales
En el siglo XVI, los censos más completos y que abarcan un mayor territorio fueron
los elaborados por la Corona de Castilla.
El primero del que se tiene constancia, se realizó
entre los años 1528-1536 y se le conoce como el Censo de los pecheros.
En 1591, se lleva a cabo uno más meticuloso, conocido como el Censo de Tomás
González.
En el siglo XVII se elaboraron muy pocos censos y su calidad es bastante inferior
que la de los realizados en el siglo precedente.
El siglo XVIII es, por el contrario, una época prolífica en la realización de censos. Se creará el primer organismo oficial dedicado a su elaboración: la
Secretaría de la Balanza, cuya función consistía en encargarse de la recopilación, estudio y
presentación de datos sobre todas las actividades del Reino.
Padrón de Calle-Hita, que fue el primero
elaborado en este siglo (1708)
El Catastro del Marqués de la Ensenada (1749-1753)
Entre 1768-1769 se
elaboró el Censo de Aranda, que presenta la particularidad de que su confección corrió a
cargo de los párrocos
El Censo de Floridablanca (1786-1787)
El de Godoy Larruaga que se elaboró en el 1797
La primera mitad del siglo XIX, históricamente convulsa, no genera ningún censo,
aunque sí que hubo algún que otro intento que no fructificó. Así, en las Cortes Españolas
reunidas en Cádiz en el 1813, se dicta una disposición por la cual se obliga a las
diputaciones provinciales a realizar un censo de población y a formar la estadística de la
provincia. En el año 1856, por decreto, se constituye la Comisión
Estadística General del Reino, que llevó a cabo en el año 1857 la realización del primer
censo de población que se realizó en este siglo. Posteriormente, se ejecutaron otros en los
años 1860, 1877, 1887 y 1897.
Si nos basamos en la legislación del siglo XIX, el art. 6 de la
Instrucción de 03 de febrero de 1823 , ordenaba a los ayuntamientos la formación del
padrón en el mes de enero de cada año. El Real Decreto de 14 de marzo de 1857,
establecía en su exposición de motivos la inexactitud e inseguridad en el conocimiento de la
cifra que conformaba la población española, por lo que se pretendía la realización de un
censo general de la población (art. 1) que “…se formará por empadronamiento nominal y
simultáneo de todos los habitantes nacionales y extranjeros (sic)…” (art. 2), y cuyo
“empadronamiento empezará y concluirá en un mismo día en todos los pueblos.”(art. 3). La
Ley de 20 de Agosto de 1870, establecía en su art. 17 que este empadronamiento sería
quinquenal.
Ya tenéis disponibles los padrones de vecinos de la Villa de Albox, pincha el año que quieras consultar
SIGLO XVIII
El Catastro del Marqués de la Ensenada (1749-1753)
👇👇
SIGLO XIX
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